QUITO.- Al término de la gestión de las veedurías, Guillermo Abad (Justicia Vial) expresa que está satisfecho de haber contribuido con pruebas que serán definitivas para aclarar el accidente en el que murió Natalia Emme, y que incluye la primera llamada al 911 del testigo presencial que vio al conductor del vehículo de la fiscalía.
Guillermo Abad dejó entrever que esas pruebas y el testigo liberan a Aliz Borja, esposa del Fiscal General Washington Pesántez, del hecho lo que, a su juicio, dará tranquilidad a la opinión pública.
¿Cuál es el balance de las veedurías al término de su gestión en el caso Emme?
El balance es positivo, porque las veedurías han aportado para esclarecer la verdad, y la mejor manera es haber aportado con la mayor cantidad de pruebas materiales que en un proceso legal tiene el mayor peso.
Entregamos el video de los Ojos de Águila y cuatro grabaciones de llamadas al 911, y una de ellas la de un testigo presencial, es decir de quien vio el accidente.
Esas pruebas, si fueron bien evaluadas por la justicia, pueden ser la prueba y las que pueden argumentar un mejor dictamen y sentencia.
Si las pruebas benefician a una persona o perjudican a otra, eso no nos compete, eso es importante que quede claro.
¿De las pruebas que aportaron las veedurías qué se puede concluir?
No puedo anticipar criterios hasta que la fiscal (Mariana López) entregue el dictamen, porque es ella la que evalúa las pruebas.
Hay un audio que es importante, puesto que se trata de la primera llamada hecha por el testigo presencial del accidente, el cual ayudó a determinar la hora exacta del accidente y con esa información encajamos con la versión de los otros testigos de parte y parte.
¿Esa llamada implica o exculpa a Aliz Borja, esposa del Fiscal, Washington Pesántez?
Lo que se pudo demostrar con esos audios es que Aliz Borja sí llamó al 911, que esa fue una de las grandes dudas, y eso sí puedo revelar porque hay audios; pero la valoración de que la inculpan o exculpan de la muerte de Natalia lo hace la Fiscalía.
¿Cómo aportará los resultados del video de los Ojos de Águila cuyos resultados ya llegaron de los Estados Unidos?
Tengo entendido que del video ha sido aclarado; sin embargo no pudo llegar al proceso porque pasaron 25 días, sí servirá para que la opinión pública tenga tranquilidad en lo actuado.
El video va a servir de mucho para que se sepa quien estuvo manejando el vehículo.
Versiones han anticipado que el video determina que quien conducía era el policía Wilson Velasteguí y no la esposa del Fiscal, ¿qué conocen las veedurías?
No se olvide que las veedurías (Justicia Vial y Ecovial) dejamos el caso el pasado 25 de febrero por pedido de una de las partes, porque esa fue la condición que pusieron al momento de la integración, entonces lo único que puedo decir es que el video fue analizado por el FBI, aunque creo que los resultados darán mucha tranquilidad a la opinión pública.
¿Pero el objetivo de las veedurías fue determinar o aclarar si Aliz Borja atropelló o no a Natalia Emme?
No; el compromiso de las veedurías fue esclarecer la verdad, y dentro de ello las pruebas plenas determinarán quién causó el accidente, porque había la duda de quién conducía, las pruebas pudiese ser que determine lo contrario.
¿Cuál fue la razón para que cese la gestión de las veedurías y quién pidió?
Fue la madre de Natalia, María Elena Bedoya, por considerar que las pruebas presentadas por nosotros beneficiaban a la otra parte (causante del accidente).
¿Cuál es esa verdad entonces?
La que determinen las pruebas materiales; eso le compete verificar a la Fiscalía y al Juez. Lo que podemos decir es que el proceso judicial fue llevado dentro del marco jurídico y del debido proceso, pues no fue un pedido de las partes que no se haya dado paso.
¿Qué observaciones contendrá el informe y cuándo lo presentarán?
Luego de la sentencia, para que no se diga que se ha inducido a la autoridad. Y las observaciones se referirán a las dudas que hay sobre las razones por las cuales el fiscal de turno que asumió el caso Emme, Patricio Sosa, no estuvo en la audiencia de formulación de cargos.
También observamos que no se pudo garantizar la cadena de custodia del vehículo causante del accidente hasta llegar a los patios de la Policía. En ese trayecto no se sabía si criminalística iba a hacer el trabajo, por lo que el vehículo fue manipulado, y eso puede considerarse como que en la cadena puede tener ciertos aspectos anómalos.
Otra cosa es que no debe darse importancia al grado de alcohol que tenía la víctima de la que habla una de las partes, porque ese hecho no está tipificado, sino solo para el conductor.
Lo que se tipifica al peatón es la imprudencia, consecuentemente no le demos tanta importancia a este hecho.
Otra observación puede ser el cambio (tres veces) de la fecha de la audiencia de juzgamiento, ¿eso no deja dudas?
La veeduría actuó solo hasta el 25 de febrero. El cambio de las fechas ya no nos corresponde investigar. (ANL).