
Por disposición ministerial, los establecimientos fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares con régimen Costa, deberá iniciar el próximo lunes el período de matrículas ordinarias.
Los requisitos para la inscripción son, partida de nacimiento o cédula de identidad, y la libreta de calificaciones del último año. Las matrículas ordinarias serán del 15 al 31 de marzo del presente año.
Para el inicio del año lectivo, la disposición es que las clases arranquen el lunes 5 de abril del año en curso.
La carteara de Estado advierte que ningún plantel tendrá autorización para adelantar el cronograma de finalización del año, y que en el presupuesto para los establecimientos fiscales está eliminada la contribución que hacían los padres de familia.
También está prohibida la organización de rifas, bingos, fiestas, novatadas, venta de textos, CDs y afines, que afecten a la economía familiar.
Asimismo se señala que en la educación fiscal y municipal que reciben textos oficiales, queda terminantemente prohibida la venta de otros textos escolares, ya sea publicados por las editoriales, o de autoría de docentes.
También se informa que está prohibido el cambio o incremento en los uniformes de los estudiantes. Los planteles fiscales rurales de Régimen Costa deberán confirmar que han sido beneficiarios del proyecto “Hilando el Desarrollo” durante el año lectivo 2009 – 2010, en la página web, www.educacion.gov.ec, y a la vez reportar luego del período de matrículas, la información correspondiente para la provisión de uniformes y textos.(AZD)


BUENAS TARDES MI NOMBRE ES CLAUDIA Y TENGO UNA BREVE PREOCUPACION QUE SE DEBE HACER CUANDO ALGUNOS DOCENTES OBLIGAN A SUS ESTUDIANTES HA REALIZAR BAILES, RIFAS, VENDER BOLETOS ENTRE OTRAS COSAS QUE NO SON APROBADAS POR EL MINISTERIO, PERO CUANDO EL ESTUDIANTE SE NIEGUA HA REALIZAR ESTE TIPO DE TAREAS LE DISMINUYEN PUNTOS, COMO ACTUAR ANTE ESTOS POR MENORES, POR FAVOR.