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Discuten administración del auditorio del BCE

9 septiembre, 2010

En el inmueble se presentan eventos culturales, académicos y artísticos. (Foto FSV)

Según las reformas a la Ley de Régimen Monetario por las cuales se reformó el Banco Central, todos sus bienes de las áreas culturales debían pasar al Misterio de Cultura y lo mismo, los bienes del Programa del Muchacho Trabajador, (PMT), debían conducirse al Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).

En la ciudad, mientras el proceso avanza, ha surgido una interrogante: quién debe administra el auditorio del Banco en el que se presentan espectáculos artísticos, académicos y culturales, así como a quién le corresponderá la Sala de cine, audiovisuales y videoarte.
El Banco Central, como institución, pide el auditorio, mientras la Sala de Cine pasaría al MIES pues se encuentra en el edificio donde estaban las oficinas del PMT.

Trosky Serrano, subsecretario regional de Cultura, opina que ambos inmuebles deberían quedar bajo el Ministerio de esta rama, pues esa es la naturaleza tanto de la sala de audiovisuales como del auditorio.

Al ser Pumapungo un sitio arqueológico no conviene que se lo retacee y divida. La figura jurídica para no fragmentarlo es que pase en su totalidad al Ministerio de Cultura, señala Serrano.

Pumapungo, con el parque arqueológico, la Biblioteca, los museos, el archivo histórico, el auditorio, tiene potencial para ser un centro regional de Cultura.
En cuanto a la sala audiovisual se la podría coadministrar con el MIES y potenciar su uso mediante un convenio con el Consejo Nacional de Cine, para activar la dramaturgia y la producción, expresa.

Sobre el punto, Patricio Montaleza, productor y cineasta, plantea que tanto la sala audiovisual como el auditorio deben servir a todos los ciudadanos, de manera democrática y abierta.

Además tienen y fueron creados para una función específica de uso, relacionada con lo cultural y artístico y no con lo institucional.
Una comisión nacional sería la encargada de definir el caso, debiendo estimar también que, por ser un bien patrimonial, las normas legales y ordenanzas municipales no permiten la subdivisión del inmueble, al cual se lo considera conformado por un solo cuerpo, compuesto tanto por los edificios como el área histórica. (AVB)