QUITO.- En un mecanismo legal que permita la intervención de los conjueces en el despacho de los casos represados (10.125) dejados por el anterior período se centrará la reunión informal de los jueces nacionales, que en once días no logran una salida en este tema y en el sorteo.
El Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) dispone que los conjueces solo tienen competencias para calificar la admisibilidad o no de los procesos que pasarán a las salas especializadas y para conocer y resolver los juicios cuando la sala haya sido recusada por falta de despacho.
Esa norma, además concede a los conjueces atribución para organizar los fallos de la sala, seleccionar los precedentes para proporcionarlos a los jueces ponentes de la sala, con el objeto de que los utilicen en sus ponencias y establecer los fallos de triple reiteración, así como reemplazar por sorteo, a los jueces en caso de impedimento o ausencia.
Este impedimento legal ha provocado que la Corte Nacional de Justicia (CNJ) no sortee las causas ni tampoco empiece a despachar, a excepción en los casos que estaban por prescribir.
Los jueces nacionales intentaban ayer consensuar un mecanismo legal a fin de que los 21 conjueces elegidos en el proceso de oposición que llevó adelante el Consejo de la Judicatura Transitorio (CJT), queden habilitados legalmente para que ayuden en la solución de los casos sin resolver. (ANL).
DETALLE
Según el presidente de la sala de lo Contencioso Tributario, José Suing, el pleno de la CNJ analizará ambos temas en la segunda sesión ordinaria del pleno que se reunirá mañana.
La intención es que los conjueces contribuyan con la resolución de los procesos, sin que implique problemas legales, mientras la Asamblea Nacional apruebe una enmienda legal que viabilice la actuación de los conjueces en la resolución de procesos.