¿En qué casos se puede justificar la ausencia a las mesas electorales?

Imagen referencial de una mesa electoral en Ecuador. Archivo El Mercurio

La asistencia a las Juntas Receptoras del voto es obligatoria y para las elecciones generales del 2021 el incumplimiento de este obligación puede generar una multa de hasta 140 dólares. ¿En qué condiciones se puede justificar la inasistencia?

El Código de la Democracia establece que se puede acceder a una justificación de ausencia, tanto como miembro de (JRV) como elector en los siguientes casos:

  • En caso de mandato legal
  • Calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones
  • Impedimento físico de salud
  • Ausencia del país
  • Voto facultativo
  • Cambio de domicilio y cambio de domicilio no registrado

El votante debe llenar una solicitud dirigida al director o directora de la delegación provincial del Consejo Nacional Electoral (CNE) a la que pertenece, en la que detalle la fecha de los comicios a los que no podrá acudir, el motivo y los documentos pertinentes, mismos que varían de acuerdo al motivo de la ausencia.

El formato de solicitud y la información de los documentos a presentar está disponible en la página web del CNE: www.cne.gob.ec

El vocal del CNE Luis Verdesoto, considera que las ausencias podrían significar un “eslabón débil” del proceso electoral, por eso resaltó la importancia de ofrecer todas las seguridades dentro y fuera de los recintos electorales, además espera la aprobación de una propuesta con la que pretende segmentar al electorado por número de cédula, “que los electores acudan a los recintos en un horario específico según su número de cédula para evitar que se genere aglomeraciones”, la cúpula del CNE aprobará o rechazará la propuesta en las próximas horas.

No obstante, Verdesoto sostiene que los contagios en un día de elección se producen en las concentraciones de los partidos políticos después de conocer los resultados “así ha ocurrido en el resto de países que tuvieron elecciones durante la pandemia” expresó. (I)


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