Condicionamiento del FMI

EDITORIAL |

Luego de la última evaluación realizada por el Fondo Monetario Internacional, sobre el comportamiento económico y la realidad del país en general, el organismo que otorgará un total de 6.500 millones de dólares al Ecuador, en base al acuerdo suscrito meses atrás, y de cuya cantidad se entregó una primera cuota de 2.000 millones, y se espera recibir dentro del mes de diciembre un segundo aporte por 2.500 millones, para que en el transcurso del próximo año se entregue la cantidad restante, ha condicionado la entrega crediticia a que el Parlamento Nacional apruebe la Ley Anticorrupción, en trámite.

Vergonzoso resulta para nuestro país, el que, entre las condiciones para la entrega de los nuevos desembolsos del crédito del FMI, este organismo multilateral exija, ni más ni menos, aquella ley para sancionar de manera eficaz y oportuna los casos de corrupción que, de hecho, serán materia de profundo escrutinio de parte de los técnicos y autoridades del Fondo. Sin embargo, el trámite de esta nueva ley, que constituye un instrumento de crucial importancia para perseguir y sancionar a los corruptos que se provechan de los bienes y recursos del Estado, es decir, de todos los ecuatorianos, ha demorado más de la cuenta, y aunque las autoridades legislativas indican la pronta aprobación del citado proyecto, existe profunda desconfianza en torno a este ofrecimiento.

El país necesita desesperadamente los nuevos desembolsos del crédito aprobado por el Fondo Monetario Internacional, puesto que, sin estos recursos, se tornaría inviable el manejo de la economía nacional debido a la falta de dinero, precisamente, cuando enfrentamos, a más de la pandemia, un cúmulo de necesidades a ser resueltas, cuando menos en parte, como son la atención prioritaria a la Salud, entrega de las asignaciones adeudadas al IESS, a los gobiernos seccionales, a proveedores, etc. Por lo tanto, cabe esperar que los legisladores tengan la suficiente sensibilidad para que esos desembolsos no se suspendan por la no aprobación de la citada ley. (O)