¿Qué importancia tiene el voto nulo?

El proceso de votación para las elecciones generales inició este 4 de febrero en los centros carcelarios. Cortesía CNE

A pocos días de las elecciones del 7 de febrero, el voto nulo ha entrado en una polémica, principalmente en redes sociales.   “Si ningún candidato llena tus expectativas no te hagas lío, vota nulo y punto. Es tu derecho”, señala uno de los mensajes en Twitter,  en donde incluso se ha creado perfiles a esta opción de votación.

¿Qué peso tiene el voto nulo? Según explicó Carlos Aguinaga, expresidente del Tribunal Supremo Electoral, este tipo de votación no se suma a ningún candidato, pero podría adquirir importancia en caso de que le gane a todos los votos de todos los candidatos juntos, con lo que se anularían las elecciones.

Según el artículo 147 del Código de la Democracia, se declarará la nulidad de las elecciones cuando “los votos nulos superen a los votos de la totalidad de candidatos o de las respectivas listas”. Pero según lo reportaron los últimos sondeos, no sobrepasa el 20%.

Además, para Fausto Camacho, exintegrante del Consejo Nacional Electoral (CNE), existe un cálculo de porcentajes en el que sí se podría beneficiar a un candidato para que gane en la primera vuelta, pues en el país solo se contabilizan los votos válidos.

“Los votos nulos no tienen valor jurídico, al igual que los blancos. Pueden significar el beneficio de un candidato si llegan por ejemplo a ser más del 30%, por lo tanto, el universo de votos válidos es del 70% y es más factible que dentro de este porcentaje se obtenga un 40% con el que se podría ganar en primera vuelta si le saca una ventaja del 10% al segundo candidato, pero el porcentaje que gana es mínimo”, puntualizó Camacho.

¿Cuándo se anula un voto?

Según el artículo 126 del Código de la Democracia, un voto es considerado nulo cuando contiene la aprobación a más de un candidato o lista o cuando incluye palabras de rechazo como “nulo”, “anulado”, insultos o dibujos.

Cambio en la votación

En la votación del domingo próximo existirá otra causal de nulidad del voto, será elegir entre varias listas de candidatos, como estaba permitido hasta la anterior elección pluripersonal, en la que se podía colocar la afirmación en varios postulantes, sin importar si pertenecían o no a la misma organización política, la condición era no sobrepasar el número máximo de personas a ser elegidas para esa dignidad.

Sin embargo, las últimas reformas al Código de la Democracia devolvieron al país, tras 23 años, el conocido como voto en plancha, que implica que una persona solo podrá elegir a una lista completa de candidatos, si los marca entre listas y de forma individual, se anula el voto.

Según puntualizó Carlos Aguinaga, esto no solo mejorará la representatividad en el país, sino que facilitará el voto y el conteo de estos, pues los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) no deberá contabilizar los resultados de 300 candidatos, sino solo de 18 listas, por lo que los resultados podrían entregarse antes. (I)