Constitucionalismo para transformar

José Chalco Salgado

            El constitucionalismo nace como una construcción jurídica y social pensado para transformar. En su inicio, fue la búsqueda por frenar al poder monárquico y las ambiciones de aquellos gobernantes que, a la hora de ejercer el poder, olvidan los límites y la dignidad ajena.

            En Inglaterra se generaron aportes significativos para limitar el poder absoluto e ilimitado que ejercía el monarca de la época. La Carta Magna de Juan Sin Tierra fue un esfuerzo por escribir los derechos y obligaciones de distintos grupos, crear el principio de legalidad y establecer que los tributos no son los que el rey creía sino los que un órgano colegiado denominado: Consejo Común del Reino, los definía.

            Años después el constitucionalismo siguió siendo la construcción fundamental para establecer los espacios en los cuales debe moverse el ejercicio del poder político, sin afectar a los grupos minoritarios o quienes carecen del poder de turno, sino edificando y tutelando los derechos de las personas. Estados Unidos primero y luego la Francia del siglo XVIII, marcaron un renovado espacio por la libertad, igualdad y bienestar de sus habitantes, reconociendo constitucionalmente, que los gobernantes tienen que respetar los derechos de la población, entender que no hay privilegios y que la democracia se construye con el acuerdo y la gente.

            México en 1917 se proyectó al mundo y a la transformación del Derecho con una renovada mirada por la igualdad material capaz de limar las distancias históricas de la población; así trajo los derechos sociales que implicaron una transformación en el acceso a mínimos que la población requería para su dignidad: salud, trabajo y educación, para todos y no para las élites. El mundo, después lo heredó sistemáticamente al modelo mexicano.

            Así, el constitucionalismo no es una rama del Derecho creada para mantener espacios comunes o status quo adquirido, sin duda, más que cualquier otra rama del Derecho, es un Derecho transformador, se puede decir, artífice de las transformaciones más importantes que tutela la humanidad. (O)

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