Conozca las exenciones que fija el SRI en el pago del Impuesto a la Salida de Divisas

El Impuesto a la Salida de Divisas se genera cuando se realizan transferencias, envíos o traslados de dinero al exterior, ya sea en efectivo o a través de giros, transferencias o por courier. XCA

El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), es una tasa que se paga por la transferencia, envío o traslado de dinero al exterior, ya sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias bancarias o por empresa de envío de divisas, retiros o tarjetas de crédito.

Desde el 1 de julio de 2023, la tarifa del ISD es del 3,5%. Esto luego de la reducción progresiva que establece el Decreto Ejecutivo 643. Un último reajuste está previsto para el 31 de diciembre, cuando bajará al 2%.

Este impuesto se genera en todo pago efectuado al exterior por personas naturales o sociedades ecuatorianas o extranjeras domiciliadas o residentes en el Ecuador.

Francisco Briones, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), explicó que desde la entidad tributaria se ha automatizado y se han fortalecido los controles para verificar el pago completo del Impuesto a la Salida de Divisas.

Normativa

Según la normativa vigente, existen montos que están exentos de esta tarifa. El SRI ha especificado dos casos en los que no se paga el ISD.

  • Si una persona estudia en el exterior, no paga el impuesto por los gastos de manutención y los costos de carrera.
  • Si alguien acompaña a una persona con una enfermedad catastrófica, rara o huérfana y viaja fuera del país para tratarla, los gastos de los dos estarán exentos del ISD.

Viajes al exterior

  • Los valores en efectivo que portan los ciudadanos mayores de 18 años no pagan el ISD, hasta un monto de 1.350 dólares en efectivo.
  • Los menores de edad pueden llevar hasta 450 dólares en efectivo exonerados de la tasa.

De existir un excedente, deberá pagar el impuesto en los puntos habilitados en los aeropuertos internacionales de Quito y Guayaquil.

También se excluyen de esta tasa las compras con tarjeta de crédito o débito en el exterior, siempre y cuando, no sobrepase el monto de 5.109,19 dólares anuales.

Si realiza consumos en el exterior con más de una tarjeta de crédito, debe sumar los valores y si excede el rubro exento debe declarar y pagar el impuesto en línea en la plataforma del Servicio de Rentas Internas utilizando el formulario múltiple 106 con el código 4580.

Cruce de información

El director del SRI, Francisco Briones, admite que cuando una persona tiene más de una tarjeta de crédito en diferentes bancos se complica la situación.

“Con las tarjetas son de un mismo banco se puede hacer el cruce de información, pero cuando son de diferentes entidades financieras se vuelve más complejo, pero el SRI puede hacer el cruce de base de datos, establecer las diferencias a pagar y comunicar a los contribuyentes”, explicó.

En el marco del plan de control, el SRI ha enviado correos electrónicos a los usuarios que presentan deudas en el pago de este impuesto.

Según cifras de la entidad tributaria, se registra alrededor de 12 millones de dólares en pagos pendientes del Impuesto a la Salida de Divisas, correspondientes a los ejercicios fiscales 2020 y 2021.

Del año 2020, la deuda suma cerca de 5 millones de dólares de 36 mil contribuyentes. Y de 2021, son 7,5 millones de dólares adeudados por 50 mil usuarios. El valor promedio de pago oscila entre 136,58 y 149,41 dólares. (PNH)-(I)

DATO

  • Los contribuyentes que han registrado diferencias en el pago de la tasa han sido notificados por el SRI, mediante correo electrónico.

85.545

  • contribuyentes tienen pagos pendientes por el ISD al SRI. La deuda total es de alrededor de 12 millones de dólares de 2020 y 2021.