El Ecuador, pese a su exiguo presupuesto, reconoce el pago de las pensiones vitalicias a los ex mandatarios que han concluido sus períodos, no obstante, se estableció la salvedad del no reconocimiento de este derecho, a los ex mandatarios que hayan incurrido en casos de cohecho u otros delitos y que registren sentencias ejecutoriadas.
En septiembre de 2020, la Corte Nacional de Justicia ratifica la condena de ocho años, en contra del ex Presidente Correa y del ex Vicepresidente Glass, por el delito de cohecho, en el caso Sobornos. Ante esta censurable situación, los dos ex funcionarios dejaron de percibir sus pensiones vitalicias, como un derecho adquirido previamente.
Constituye un tema controversial, el pensar que el Estado ecuatoriano deba pagar mensualmente, elevados valores a mandatarios que han incurrido en delitos mayores. Sin embargo, es aún, motivo de discusión y rechazo, admitir que aquellos mandatarios con sentencias ejecutoriadas y que atentaron contra la integridad de la Administración Pública, deban recibir emolumentos del Estado.
¡Los ecuatorianos sentimos repudio al pensar que casos como los expuestos, constituyan motivo de derecho, esto es la recepción de las pensiones vitalicias, establecidas en el país! (O)