USD4,6 millones en glosas por incumplir contratos en centros de revisión técnica vehicular de Cuenca

La Contraloría determinó seis glosas por cerca de 4’600.000 dólares por incumplimientos de contratos en los centros de revisión técnica vehicular de Cuenca a cargo de un consorcio privado. Entre los argumentos constan inobservancia y falta de implementación técnica.

Al momento de matricular su vehículo se le cobrará la Tasa de
Al momento de matricular su vehículo se le cobrará la Tasa de "Movilidad Ecológica y Sostenible" con la que la Prefectura espera recaudar fondos para mejorar las vías. Foto Archivo

Un examen especial de la Contraloría General del Estado (CGE) impuso seis glosas por incumplimientos del contrato en los centros de revisión técnica vehicular de Cuenca.

De acuerdo con la información de la CGE, el inversionista encargado de operar los centros de revisión vehicular “no implementó la línea de inspección exclusiva para emisiones de gases y no realizó las reinversiones previstas en el contrato, lo que impidió la mejora continua del servicio y la actualización de equipos y sistemas informáticos”.

Este examen corresponde a la ejecución del contrato de inversión privada y prestación de servicios para la implementación y operación de los centros de revisión y control vehicular en la ciudad, suscrito por la Empresa Pública Municipal de Movilidad, Tránsito y Transporte (EMOV EP).

Detalles

Las responsabilidades civiles se determinaron para funcionarios de la empresa municipal que participaron en la ejecución del contrato entre enero de 2016 y abril de 2021, durante las dos anteriores administraciones municipales. “Quienes no supervisaron que el inversionista privado cumpla a cabalidad sus obligaciones, ni sancionaron la inobservancia de los términos de la contratación”, puntualiza el informe.

Las multas no impuestas derivaron en la confirmación de dos responsabilidades civiles, cada una por 973.500 dólares.

La primera responsabilidad se confirmó “debido a que el contratista no implementó la Línea de inspección solo para emisiones de gases en los centros de revisión técnica vehicular”.

Por esta situación, los automotores que solo requerían esa prueba o la revisión de defectos visuales, debieron ingresar a las líneas de revisión completas, “incrementando el tráfico y tiempos de espera de los usuarios”, se detalla en el examen.

La segunda responsabilidad se determinó para los funcionarios de la empresa pública que no sancionaron las deficiencias detectadas en las mediciones de gases y de intensidad y alineación de luces en motocicletas.

Durante el examen especial se estableció que el contratista no realizó las tres reinversiones para el mejoramiento de los centros de revisión, actualización de equipos y sistemas informáticos.

En diciembre de 2019, los fiscalizadores comunicaron estas infracciones y establecieron la multa respectiva.

No obstante, en febrero de 2020, “la entonces gerente general de la EMOV EP, sin contar con informes técnicos y jurídicos y amparando su actuación en una norma que no estaba vigente a la fecha de suscripción del contrato, aceptó el Recurso Extraordinario de Revisión presentado por el contratista y dejó sin efecto la imposición de la penalidad”.

Es así que debió aplicarse una multa de 1’947.000 dólares, por 1.947 días en los que no se cumplieron las condiciones pactadas.

En este caso, la afectación al patrimonio de la empresa pública se confirmó a través de dos responsabilidades civiles.

Las sanciones

En la primera glosa, el contratista y la ex gerente general, que emitió la resolución dejando sin efecto las multas, deberán responder solidariamente por 1’435.000 dólares.

La segunda resolución confirmatoria responsabiliza a los fiscalizadores del contrato de un perjuicio económico a la entidad de 512.000 dólares.

Con respecto a la tercera reinversión, el gerente general de la EMOV, que ocupó el cargo entre enero y mayo de 2019, suspendió sin justificación los plazos para su entrega y los gerentes generales que actuaron entre mayo de 2019 y abril de 2021 no realizaron las gestiones para levantar la medida.

Esto originó una glosa por 346.500, que corresponde a las sanciones no impuestas al contratista por los 693 días que transcurrieron sin que realice la tercera reinversión, destinada a garantizar la prestación futura del servicio de revisión técnica vehicular.

La auditoría también evidenció que el inversionista no entregó a la EMOV los equipos para fiscalización, control de la vía pública y comunicación, conforme las condiciones estipuladas en el

contrato, lo que generó multas no impuestas por 362.500 dólares, monto por el cual se confirmó la sexta responsabilidad civil. (FCS) – (I)

Respuestas de exdirectivos

Alfredo Aguilar, actual coordinador de Movilidad de Cuenca, señaló que cuando cum­plía funciones de concejal de la ciudad, en noviembre de 2020, solicitó al director de la Unidad de Auditoría Interna de la EMOV EP se incluya dentro de la programación de auditorias de 2020 una resolución emitida por gerencia general el 7 de enero de 2020. En esta se impuso una multa superior a los 3 millones de dólares al consorcio Danton.

Sin embargo, “a pesar de la advertencia conte­nida en la misma, no se hizo efectiva”. Es decir, se dejó sin efecto la sanción contra el consorcio. Además, señaló que tras su petición, desde junio de 2020, no obtuvo respuesta desde la EMOV EP.

Diario el El Mercurio consultó al también exgerente de la entidad municipal, Adrián Castro, quien señaló que no es uno de los glosados. Asimismo, se intentó contactar con los exge­rentes de la EMOV EP, Fabián Moscoso y Juan Carlos Aguirre Benalcázar, pero no se obtuvo respuesta. (I)

EL DATO

– Las personas naturales y jurídicas responsabilizadas tienen el derecho de interponer un recurso de revisión ante la Contraloría o ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo