La ambigüedad de la OEA

Casi todos los países miembros de la OEA aprobaron condenar el “asalto” a la embajada de México en Ecuador.  Esto se preveía.

Según la resolución, el Gobierno del Ecuador violó la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, relacionado a la inviolabilidad de las embajadas.

El presidente Daniel Noboa, tras la concesión del asilo político, por parte de México, a Jorge Glas, sentenciado por corrupción y con otros procesos pendientes por este mismo motivo, dispuso el arresto del exvicepresidente, hospedado en la embajada de aquel país en el Ecuador.

No debe llamar la atención la resolución de la OEA. El Gobierno ecuatoriano reconoció haber violentado la norma internacional; pero, al mismo tiempo, mal podía permitir la salida del país de un delincuente de “cuello blanco”, con supuestos nexos con el narcotráfico, con cuyos sobornos a jueces consiguió la libertad sin cumplir la totalidad de la condena.

Durante las dos sesiones de la OEA todos se refirieron al “asalto” a la embajada. Pero nadie habló de la situación legal del favorecido con el asilo, ni las razones por las cuales fue sentenciado.

Ni una sola palabra dijeron sobre la Convención de Caracas, relacionado a la prohibición de conceder asilo a inculpados o procesados por la Justicia.

Por este solo hecho, México también debió ser apuntado con el mismo dedo condenatorio; pues, también violó dicha Convención al dar asilo a un sentenciado, a no ser por motivos ideológicos o de practicar las mismas corruptelas.

Con razón, Ecuador planteó actualizar esas normas permisibles, con las cuales cualquier corrupto puede ingresar a una embajada amiga o coidearia y lograr el asilo aduciendo persecución política, como ocurre ahora.

Estaríamos ante dos Gobiernos violatorios de las normas internacionales. El uno por conceder asilo a un delincuente y meterse en asuntos internos de otra nación. El otro por violentar el territorio de la embajada y volverlo a la cárcel al sentenciado.